La libre circulación de los ciudadanos de la Union Europea en cuatro pasos
En este articulo de manera resumida tratare unos derechos que son de cardinal importancia para la comunidad Hispana en la Union Europea. Esto lo hare en cuatro pasos. Paso numero uno, la libre circulación en la Union Europea. Paso numero dos el caso Ruiz Zambrano. Paso numero tres, la directiva 2004/38/UE. Paso numero cuatro, un resumen de los primeros dos pasos.
I. Libre circulación en la Union Europea
La ausencia de los controles en las fronteras interna de la Union Europea es un pilar del mercado interno de la Union Europea. La libre circulación de bienes, empleados, servicios y autónomos son fundamental para el funcionamiento del mercado interno.
Todas estas libertades van de la mano con la protección legal del estándar de vida y las condiciones laborales de los ciudadanos de la Union y los miembros de sus familias que caen bajo la protección de las provisiones legales. El proceso de armonización de las reglas locales y las reglas de la Union Europeo es un proceso continuo para lograr el fin antes mencionado. El propósito es crear un campo de juego regulado por el principio de igualdad para todos los ciudadanos y empresas de la Union Europea.
El tratado de Maastricht del 1992 (la introducción de la Union política) fue la puerta para la libre circulación de personas como una libertad fundamental de la Union Europea. Los ciudadanos de los estados miembros son ciudadanos de la Union Europea. El derecho mas importante de los ciudadanos de la Union Europea es el derecho a la libre circulación y residencia en otros estados miembros.
Articulo 21 Tratado del funcionamiento de la Union Europea
1. Todo ciudadano de la Union tendrá derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, con sujeción a las limitaciones y condiciones previstas en los Tratados y en las disposiciones adoptadas para su aplicación.
II. La directiva 2004/38/UE
Este articulo ha sido detallado en la directiva 2004/38/UE, esta directiva es mejor conocida como la directiva de los ciudadanos de la Union Europea. Únicamente cuando un ciudadano de la Union ha utilizado sus derechos a la libre circulación, entonces el y sus familiares podrán ser beneficiados por los derechos que están plasmado en la directiva de los Ciudadanos de la Union Europea. El articulo dos de esta directiva habla sobre los que son considerados como familiares del ciudadanos de la Union Europa. El articulo siete habla de los requisitos para poder ejercer dicho derecho.
III. Caso Ruiz Zambrano (HvJEU 8 maart 2011, C-34/09)
En el caso Ruiz Zambrano hubo una excepción a la regla antes mencionada, sobre el haber utilizado sus derechos a la libre circulación antes de poder ejercer los derechos plasmados en la directiva de los ciudadanos de la Union. En este caso la Corte de Justicia nos dio una excepción a esta regla. La ciudadanía de la Union Europea es una garantía, es decir un derecho a la estadía en el territorio de la Union Europea. Por ende, los estados miembros no pueden tomar medidas que obliguen a los ciudadanos a abandonar el territorio de la Union Europea.
En el caso Ruiz Zambrano los ciudadanos de la Union eran unos niños ciudadanos de la Union Europa, pero de raíces Colombiana. Estos niños dependían del cuidado de sus padres que eran ciudadanos de un tercer estado es decir que no tenían permiso de residencia en Bélgica. Mediante esta vía, los padres de estos niños ciudadanos de la Union Europea adquirieron un derecho de estadía sin los niños haber ejercido sus derechos a la libre circulación. De manera que también el articulo 20 del Tratado sobre el funcionamiento de la Union Europea cobra especial importancia para la comunidad Hispana.
Articulo 20
1. Se crea una ciudadanía de la Union. Será ciudadano de la Union toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Union se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.
2. Los ciudadanos de la Union son titulares de los derechos y están sujetos a los deberes establecidos en los Tratados. Tienen, entre otras cosas, el derecho:
c) de acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sean nacionales, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado;
d) de formular peticiones al Parlamento Europeo, de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, así́ como de dirigirse a las instituciones y a los órganos consultivos de la Union en una de las lenguas de los Tratados y de recibir una contestación en esa misma lengua.
Estos derechos se ejercerán en las condiciones y dentro de los limites definidos por los Tratados y por las medidas adoptadas en aplicación de estos.
IV. Resumen
El tratado de Maastricht del 1992 (la introducción de la Union política) fue la puerta para la libre circulación de personas como una libertad fundamental de la Union Europea. Los ciudadanos de los estados miembros son ciudadanos de la Union Europea. El derecho mas importante de los ciudadanos de la Union es el derecho a la libre circulación y residencia en otros estados miembros. El articulo 21 del Funcionamiento de la Union Europea encierra estos derechos antes mencionados. Este articulo ha sido detallado en la directiva 2004/38/UE, esta directiva es mejor conocida como la directiva de los ciudadanos de la Union Europea. Según estas reglas únicamente cuando un ciudadano de la Union ha utilizado sus derechos a la libre circulación, entonces el y sus familiares podrán ser beneficiados por los derechos que están plasmado en la directiva de los Ciudadanos de la Union Europea. Pero el caso Ruiz Zambrano del 8 de marzo 2011 nos trajo una excepción.
Mediante esta caso conocido como Ruiz Zambrano los padres de los niños ciudadanos de la Union Europea adquirieron un derecho de estadía sin los niños haber ejercido sus derechos a la libre circulación. De manera que también el articulo 20 del Tratado sobre el funcionamiento de la Union Europea cobra especial importancia para la comunidad Hispana.