Las propuestas del Pacto Europeo sobre Migración y Asilo incluyen el tratado de Schengen, un rol más importante para Frontex, nuevos procedimientos para la determinación rápida del estado de entrada del extranjero que visita la Union Europea, incluida la preselección y la ampliación de los procedimientos fronterizos. Este articulo trata sobre las propuestas de la Comisión sobre la recopilación, el almacenamiento y el intercambio de datos personales de los que desean entrar a la Union Europeo para el control migratorio y la nueva propuesta para ampliar el uso de Eurodac.
EURODAC
El Eurodac es una base de datos central en la que se almacenan las huellas dactilares de los solicitantes de asilo y de los extranjeros que cruzan ilegalmente la frontera de la Unión Europea (UE). Esta base de datos se utiliza, entre otras cosas, para determinar qué Estado miembro de la UE es responsable de acuerdo con el Reglamento de Dublín para procesar la solicitud de asilo de un extranjero en particular.
Interaccion de los sistemas de datos para el 2023
Según la Comisión, a partir de el año 2023, todos los sistemas de información de gestión de fronteras y migración deberían interactuar para que los oficiales fronterizos tengan la informaciónnecesaria sobre "cualquier persona que cruce la frontera exterior de la UE". Esta propuesta está en acuerdo con una tendencia en la que el legislador de la Unión se centra cada vez más en la recopilación, el almacenamiento y el intercambio de datos (privados) personales de los que entran o desean entrar a la Union Europea en el contexto del control de la migración. Además de los sistemas de datos existentes, el Sistema de Información de Schengen, Eurodac y el Sistema de Información de Visados, el legislador de la UE ha adoptado varios instrumentosnuevos en los últimos años mediante los cuales se guardan los datos de las personas (incluidas las huellas dactilares y fotografías o 'imágenes faciales') en un lugar central y se utilizan para varios propósitos, incluidos propositos para la investigacion de actos delictivos segun los codigos penales de los estados miembros de la UE. Esto implica el almacenamiento de datos sobre la entrada y salida de nacionales de terceros países (EES), la solicitud obligatoria de autorización de entrada de nacionales de terceros países (aproximadamente 62 paises) que no requieren visado (ETIAS) y un sistema central en el que los Estados miembros pueden ver si un nacional de un tercer país (incluso si tiene la nacionalidad de la UE) ha sido condenado penalmente en uno o más de los estados miembros (ECRIS-TCN). En 2019, seadoptaron dos reglamentos que prevén la llamada interfuncionamiento de todas las bases de datos de la UE a gran escala antes mencionadas. A través de un sistema central proporcionado por esta "legislación de interfuncionamiento", varias autoridades paralelamente pueden verificar directamente con todas las bases de datos antes mencionadas si se han almacenado datos personales de un nacional de un tercer país en particular y, en caso afirmativo, cuáles datos precisamente. Las autoridades nacionales de inmigración y otras autoridades, así como las agencias de la UE, acceden a las bases de datos de la UE. El Supervisor Europeo de Protección de Datos, así como otras organizaciones y científicos, han expresado repetidamente su preocupación por el impacto del uso de estas bases de datos en los derechos humanos fundamentales y, en particular, elderecho a la protección de datos.
Contenido de EURODAC
Aunque todavía no se ha evaluado la eficacia de los sistemas de datos individuales, o apenas se ha investigado la necesidad de nuevas medidas el Pacto sobre migración y asilo contiene unanueva propuesta en la que tanto el contenido como las finalidades del sistema Eurodac existente se amplían significativamente. Eurodac se creó originalmente con el único propósito de ayudar a determinar el Estado miembro responsable de una solicitud de asilo en virtud del Reglamento de Dublín . Actualmente, Eurodac solo contiene las huellas dactilares, un número de registro y el sexo de los solicitantes de asilo, pero no el nombre ni otros datos personales. Dado que se trata de datos biométricos de un grupo vulnerable de personas, inicialmente se decidió explícitamente limitar el uso de Eurodac a la implementación del sistema de Dublín. Más tarde, sin embargo, el legislador de la UE agregó el objetivo de combatir la inmigración irregular y tambiénla detección de delitos. La propuesta presentada ahora por la Comisión (que se basa en una propuesta anterior de 2016) convierte a Eurodac en un instrumento multifuncional. Esto incluirá datos sensibles y biométricos de solicitantes de asilo y refugiados, incluidos niños menores de 6 años en adelante. En la actualidad, la edad a la que se recopilan y almacenan los datos personales de los niños sigue siendo de 14 años. Cuando se adopte la propuesta de 2020, Eurodac se utilizará en el control de seguridad de los solicitantes de asilo en las fronteras exteriores, en la reubicación y en el procedimiento de retorno tras el rechazo de la solicitud de asilo. Los datos de las personas desembarcadas tras una operación de búsqueda o salvamento (SAR) también se incluirán en Eurodac. Con esta propuesta, la Comisión Europea quiere asegurarse de que los procedimientos de asilo y retorno estén "perfectamente vinculados". Además, se ampliará el acceso de las autoridades policiales y Europol a Eurodac, así como la posibilidad de compartir datos personales de los solicitantes de asilo rechazados con terceros Estados. Además, en Eurodac se almacenarán nuevas categorías de datos personales, como nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, números o copias de cédulas de identidad y documentos de viaje, así como imágenes faciales. Si una persona es identificada como un riesgo para la seguridad interna durante el procedimiento de control (sobre la base del Reglamento de control propuesto), estos datos también se almacenarán en Eurodac.
Preocupaciones por la vigilancia de datos en la frontera
El énfasis en el uso de la tecnología de la información y el almacenamiento central de datos en la política migratoria, que involucra principalmente los datos personales de ciudadanos de fuera de la UE, no es nuevo y ha sido criticado previamente por la Agencia Europea de Derechos Fundamentales y el Supervisor Europeo de Protección de Datos. Organizaciones como el Comité Meijers han hecho repetidas preguntas sobre la proporcionalidad y la necesidad de estas medidas. Esto implica principalmente preocupaciones en el área del derecho a la protección de datos personales, consagrado en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Union Europea y el Reglamento General de Protección de Datos, pero también la protección de los refugiados y los derechos del niño. La gran escala de los sistemas, pero también el gran número de usuarios en la UE, aumentan el riesgo de almacenamiento incorrecto de datos. Esto también conduce a decisiones en las que la situación individual de la persona en cuestión no se considera suficientemente y se pueden cometer errores por parte de las autoridades . El Supervisor Europeo de Protección de Datos publicó un comentario crítico en noviembre de 2020. Se señala las enormes consecuencias de los cambios propuestos mencionados en este articulo para los derechos fundamentales de las personas. Por ejemplo, a través del nuevo Eurodac, las autoridades podrán acceder inmediatamente a todos los datos disponibles o conjuntos de datos relacionados con un nacional de un tercer país registrado (es decir, no solo la fecha de llegada o la recogida de huellas dactilares, sino también los datos sobre el tránsito a otro país, o decisiones de Dublin. Más autoridades tendrán acceso a Eurodac. Estos cambios aumentan la posibilidad de errores en el registro, pero también el acceso no autorizado a los datos o el uso indebido de los datos. Pero también hay preocupaciones sobre el derecho a la igualdad de trato y la no discriminación, especialmente en lo que respecta a la combinación de fines migratorios y de justicia penal en estas poblaciones de la UE. Esta mezcla crea la suposición de que cada migrante es un riesgo potencial para el orden público y la seguridad. En un informe crítico del 20 de noviembre de 2020 sobre el uso de la tecnología en la política migratoria, el informante de la ONU que lucha contra la discriminación y el racismo subrayó la necesidad de garantizar que todas estas medidas de `` fronteras digitales '' se utilizen con precaucion para que no dañen a los extranjeros porque existen muchos prejuicios encontra de los extranjeros. En el Pacto de Migración y Asilo, la Comisión no presta atención a estos efectos negativos para los extranjeros ni a las consecuencias de las medidas concernientes al derecho a la no discriminación que tienen todas las personas inclusivo los extranjeros .